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España

El Supremo confirma dos años de cárcel al exvoleibolista Cosme Prenafeta por abuso sexual

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El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso del exinternacional de voleibol contra su condena por besar sin consentimiento a dos jugadoras de 18 años del equipo que entrenaba. Los hechos ocurrieron en diciembre de 2020, en una comida de Navidad en su casa.

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación presentado por Cosme Prenafeta contra la pena de dos años de prisión que se le impuso por abusar sexualmente de dos jugadoras de 18 años del equipo del que era entrenador. Según la sentencia, las besó «sin su consentimiento» tras un almuerzo navideño que organizó en su domicilio en diciembre de 2020. El Alto Tribunal condena además al recurrente al pago de las costas.

El Supremo señala que el recurso carecía de interés casacional y que se presentó por una vía improcedente para una sentencia de apelación, ya que el fallo original había sido declarado firme por la Audiencia Provincial de Almería. Subraya también que el recurso pretendía reabrir el debate sobre unos hechos ya dados por probados, algo que no se permite en esta fase.

La sentencia recoge que las jóvenes acudieron a la comida junto a otras jugadoras y que, por la tarde, solo quedaron los tres en la casa, bebiendo alcohol y participando en un juego de preguntas de contenido sexual y chupitos. Según el texto, Prenafeta agarró del cuello a una de ellas para darle un beso en la boca «que duró varios segundos», mientras ella intentaba apartarlo con los brazos.

Más tarde, cuando la otra joven volvió del aseo y recogían la casa, el entrenador intentó hasta en «tres ocasiones» abusar de ella: en la cocina, en la terraza y en una habitación. La resolución detalla que la besó en la boca y en el cuello y que en una ocasión le tocó las nalgas por encima de la ropa.

El Juzgado de lo Penal 4 de Almería, cuyo fallo confirmó la Audiencia, consideró «verosímil» y «creíble» el testimonio de las denunciantes y no apreció «motivos espurios» en la denuncia. Añadió que el informe psicológico corrobora su versión. Prenafeta reconoció haberlas besado, pero sostuvo que ellas lo consintieron. La jueza concluyó que «en modo alguno puede apreciarse» ese consentimiento y que los besos les resultaron «sorpresivos, inesperados y desagradables».

La sentencia recuerda que un beso en la boca tiene «naturaleza sexual» y que, sin consentimiento, atenta contra la libertad e indemnidad sexual. Para fijar la pena, la jueza tuvo en cuenta la «actitud en todo momento colaboradora» del acusado, aunque le impuso un alejamiento de tres años respecto a ambas víctimas. También fijó una indemnización de 3.000 euros para cada una.